Licencias médicas

Todo lo que tienes que saber sobre las licencias médicas

Es el documento legal que da derecho al trabajador dependiente o independiente, de ausentarse o reducir su jornada laboral durante un período de tiempo determinado, en cumplimiento de una indicación otorgada por un médico, dentista o matrona, y que durante su vigencia permite el pago de la remuneración o sueldo por los días no trabajados, con el objetivo de que la persona pueda cumplir el reposo y el tratamiento indicado.

Información importante sobre licencias médicas

La Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) extendió el plazo hasta el 31 de diciembre de 2022 para tramitar licencias médicas, de formulario de papel a digital, tanto las de origen común como las maternales.

Trabajador Dependiente:

  • Debes enviar escaneada la licencia (cerrada) a tu empleador. Importante que confirmes si el documento escaneado se encuentra legible antes del envío.
  • El empleador debe confirmar la recepción para completar el punto C y enviarla a tu correo con copia de la documentación que exige la isapre (3 últimas liquidaciones de sueldo, copia del contrato de trabajo y las últimas 12 cotizaciones de AFP).
  • Una vez que recepciones los documentos de tu empleador, debe enviarlos al mail licenciasmedicas@somosesencial.cl, y además adjuntar tu licencia abierta, donde se visualice claramente el diagnóstico.
  • Nuestro departamento de Salud te confirmará la recepción de tu licencia médica en un plazo de 24 horas hábiles.

Trabajador Independiente:

Debes enviar escaneada la licencia médica abierta y con el diagnóstico a la vista, con la sección C completada (importante completar Sección C4 indicando si tuviste licencias anteriores)

Debes adjuntar los siguientes documentos:

  • Comprobantes de pago de licencias médicas de los últimos 3 meses (en caso de haber estado con licencia).
  • 3 últimas boletas de honorarios.
  • Certificado con las 12 últimas cotizaciones de la AFP con RUT pagador.
  • Acreditación laboral mediante certificado de inicio de actividades SII.
  • Certificado cotización SII.
  • Formulario 22 SII.
  • Formulario 29.
  • Certificado nacimiento de recién nacido (obligatorio para licencia postnatal).

Si necesitas ayuda contáctanos:
solicitudes@somosesencial.cl - 600 088 0090

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¿Cuáles son los tipos de licencias médicas?

Se otorga como consecuencia de una enfermedad o accidente, que no sea considerada como laboral, en la que los afiliados necesitan asistencia sanitaria y no se encuentran en disposición de trabajar.

Este tipo de licencias incluyen las que se originan por reposo de pre y post natal y reposo maternal suplementario, y tienen el objetivo de proteger la maternidad, el cuidado del menor y la recuperación de la madre.

Cuando la salud de un niño menor de un año requiere la atención en el hogar debido a una enfermedad grave, la madre trabajadora tiene derecho a un permiso y subsidio por el período que el respectivo médico determine.

De acuerdo con la Ley N° 16.744, se define como accidente de trabajo toda lesión que sufra un trabajador a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca, además, incapacidad o muerte. Un accidente de trayecto es el que ocurre en el desplazamiento de ida o regreso entre la habitación y el lugar de trabajo.

Según la Ley N° 16.744, una enfermedad profesional corresponde a aquella que es causada, de manera directa, por el ejercicio del trabajo que realiza una persona y que le produce incapacidad o la muerte.

Al igual que en las licencias referidas al pre o post parto, este tipo de licencias se emiten frente a una patología asociada directamente al proceso de embarazo y que pueden representar riesgos para el desarrollo del mismo.

¿Cuáles son los plazos para presentar una licencia médica?

Trabajador dependiente del sector privado

Tienes un plazo de 2 días hábiles contados desde el día hábil siguiente al de la fecha de inicio del reposo médico para presentar la licencia a tu empleador

Trabajador dependiente del sector público

Tienes un plazo de 3 días hábiles contados desde el día hábil siguiente al de la fecha de inicio del reposo médico para presentar la licencia a tu empleador.

Trabajador independiente

En este caso, debes presentar la licencia directamente en la Isapre, dentro de los 2 días hábiles siguientes a la fecha de inicio de tu reposo.

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Información COVID-19

1

Licencias médicas por COVID-19 confirmado

Si se realiza un diagnóstico de COVID-19, el médico puede emitir la licencia, con código CIE-10 U07.1, siguiendo el protocolo digital.

Esto no excluye el aviso que debe realizar el médico a la SEREMI sobre este caso.

2

Licencias médicas por contacto estrecho

En caso de sospecha de contagio, es la Autoridad Sanitaria quien emite esta licencia.

Una vez que la SEREMI ha sido informada y tras comunicarse con los contactos estrechos, emitirá las licencias correspondientes con el código CIE-10 Z20.8.

3

Licencia médica por aislamiento o cuarentena

En el caso de que las personas deban realizar cuarentena, pero no tienen certeza de haberse contagiado, la Autoridad Sanitaria emitirá esta licencia en coordinación con el médico tratante.