La Ley Ricarte Soto (N°20.850) es un sistema de protección financiera para diagnósticos y tratamientos de alto costo. Busca asegurar el financiamiento de diagnósticos y tratamientos basados en medicamentos, dispositivos médicos y alimentos de alto costo con efectividad probada, que muchas veces suelen tener costos inalcanzables para las personas y sus familias.
Sus beneficiarios son todas las personas que se encuentran adscritas a un Sistema Previsional de Salud en Chile. Esto quiere decir, cotizantes de FONASA, ISAPREs, y de las Fuerzas Armadas y de Orden (CAPREDENA y DIPRECA).
Para acceder a los beneficios se debe presentar un diagnóstico garantizado por el Sistema de Protección Financiera y cumplir con los criterios de inclusión definidos para cada condición de salud según los Protocolos dictados por el Ministerio de Salud.
A través de la plataforma web dispuesta por Fonasa, el médico realizará la postulación del beneficiario al Sistema de Protección Financiera.
Por cada problema de salud diagnosticado, el comité de expertos clínicos deberá confirmar o descartar la solicitud de tratamiento requerido.
Si tu postulación fue aprobada por el comité de expertos, tu médico deberá explicarte y brindar orientación con respecto a:
Conoce la información oficial de la Ley Ricarte Soto, protocolos y documentos definidos por el Ministerio de Salud.
Ir al Ministerio de SaludEs el mecanismo oficial definido por la Superintedencia de Salud e informa al paciente que tiene derecho a acceder al beneficio.
Descargar PDFTratamiento con inhibidor de C1 esterasa.
Tratamiento con Golimumab o Etanercept o Adalimumab o Secukinumab.
Tratamiento con ayudas técnicas para el desempeño de las actividades de la vida diaria, para el tratamiento rehabilitador y para el soporte vital.
Tratamiento basado en Trastuzumab.
Tratamiento basado en la administración de insulina, a través de infusores subcutáneos de insulina (bombas de insulina).
Tratamiento con Golimumab o Etanercept o Adalimumab o Secukinumab.
Dispositivo de estimulación cerebral profunda.
Tratamiento con Infliximab o Adalimumab.
Diagnóstico y tratamiento basado en Agalsidasa.
Diagnóstico y tratamiento basado en Taliglucerasa o Imiglucerasa.
Tratamiento con Sunitinib o Everolimus.
Tratamiento de Segunda Línea Basado en Fingolimod o Natalizumab o Alemtuzumab o Cladribina u Ocrelizumab.
Diagnóstico y Tratamiento Basado en Iloprost Inhalatorio o Ambrisentán o Bosentán.
Dispositivo de Implante Coclear unilateral.
Tratamiento con Ruxolitinib.
Diagnóstico y Tratamiento basado en Laronidasa.
Diagnóstico y Tratamiento basado en Indursulfasa.
Diagnóstico y Tratamiento basado en Galsulfasa.
Profilaxis con Palivizumab.
Diagnóstico y Tratamiento basado en Nitisinona.
Tratamiento con Golimumab o Adalimumab o Infliximab.
Tratamiento con Inmunoglobulina G endovenosa o Inmunoglobulina G subcutánea.
Tratamiento con Belimumab.
Tratamiento con Imatinib o Sunitinib.